Las ayudas de la Comunidad de Madrid fomentan la sostenibilidad de los edificios

Uno de los motores del sector de la rehabilitación de edificios, es la concesión de ayudas por parte de las Comunidades Autónomas. Subvencionar parcialmente las obras de rehabilitación de un edificio, anima a que los ciudadanos piensen en mejorar su propiedad, y también fomenta la preocupación por la reducción de la demanda energética.

El pasado 19 de Mayo, se publicó en el B.O.C.M. las Ayudas a la Rehabilitación Edificatoria dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana 2013-2016.

Actuaciones subvencionables:

Obras de mantenimiento e intervención de los edificios residenciales en bloque, que hayan sido construidos antes de 1981, que el 70% del edificio sean viviendas (y estas, constituyan un domicilio habitual de propietarios o inquilinos alquilados). Excepcionalmente, se admitirán solicitudes de edificios que presenten graves daños estructurales o dedicación completa al alquiler (ver documento para ampliar información).

También serán consideradas actuaciones subvencionables, las dirigidas a conservación, a mejora de la calidad y sostenibilidad el edificio o bien, por motivos de accesibilidad.

Requisitos para la obtención de las subvenciones:

Un requisito importante para poder recibir estas ayudas, será que el edificio haya terminado las obras de rehabilitación antes del 31 de Marzo de 2017.

También, se requiere que el edificio cuente con el informe de evaluación (saber más sobre este documento) y que las obras de rehabilitación hayan sido acordadas por toda la comunidad de propietarios. En el caso de obras para accesibilidad o mejora de la calidad y sostenibilidad del edificio, habrá que contar con un mínimo ocho viviendas, o menos de ocho en el caso de que se simultaneen obras de conservación o habiten persones discapacitadas (al menos de un 33%) o mayores de 65 años.

Otro de los requisitos importantes, será la aportación del proyecto de la actuación, y en el caso de que no se exija proyecto, se aportará una memoria.

Es importante destacar que la cuantía de la subvención, aumenta sustancialmente en los casos en los que se reduzca al menos un 50% la demanda energética del global de calefacción y refrigeración del edificio. También, se favorecerán los expedientes de edificios con más antigüedad y un mayor número de viviendas, favoreciendo de este modo, la renovación del parque edificatorio y mejorando la sostenibilidad de los edificios más antiguos que previsiblemente tendrán una calificación energética peor. La cuantía máxima de las ayudas se determinará en función del coste subvencionable de la actuación, que no podrá superar el importe de multiplicar 11.000€ por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local.

A modo individual en uno de los supuestos, serán 2000€ por vivienda para actuaciones de conservación, más 1000€ si se simultanean con actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad, aumentando en 1000€ más cuando se mejore la accesibilidad.

 

Enlaces de interés:

Ayudas económicas a la rehabilitación

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Compartir:

Share:

Más entradas